Tribunal Superior de Justicia confirma condena de 14 años por abuso sexual agravado en Goya

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes ratificó la condena de 14 años de prisión impuesta a un hombre por abusar sexualmente de la hija de su pareja. La decisión judicial, tomada el 13 de marzo de 2025, pone fin a un proceso que se inició con una denuncia realizada el 27 de abril de 2020.

ANTECEDENTES DEL CASO

El caso, identificado como PXG 35861/20, involucra a C. F. A., quien fue condenado inicialmente por el Tribunal Oral Penal de Goya en 2021 por el delito de abuso sexual con acceso carnal, agravado por su condición de guardador. Los hechos ocurrieron entre 2016, año en que el imputado contrajo matrimonio con la madre de la víctima, y abril de 2020, cuando se formalizó la denuncia.

Según quedó acreditado en el proceso judicial, la niña tenía apenas seis años cuando comenzaron los abusos, los cuales se prolongaron durante aproximadamente cuatro años. Las agresiones sexuales incluyeron acceso carnal reiterado y prácticas de sexo oral forzado, aprovechando momentos de soledad y ausencia de otros familiares.

ARGUMENTOS DE LA DEFENSA

La defensa del acusado presentó un recurso de casación cuestionando aspectos fundamentales de la sentencia condenatoria. Entre los principales argumentos esgrimidos, se señalaron supuestas incongruencias en la declaración de la menor respecto al acceso carnal, alegando que la niña no mencionó tocamientos específicos y que su relato sobre la penetración anal no coincidía con el informe médico, que no registró lesiones en esa área.

Otro punto cuestionado fue la interpretación del término \”cola\” utilizado por la menor en su declaración, argumentando que no implicaba necesariamente que el acceso carnal hubiera sido por vía anal. Además, la defensa sostuvo que el tribunal había basado sus conclusiones en circunstancias no declaradas explícitamente por la víctima, como el acceso carnal vaginal.

DICTAMEN DEL FISCAL GENERAL

El Fiscal General, Doctor César Pedro Sotelo, se pronunció respecto al recurso interpuesto, recomendando su rechazo. En su dictamen, argumentó que los intentos de la defensa por demostrar incongruencias y contradicciones en las pruebas no lograban desacreditar el razonamiento global del Tribunal. Consideró que los elementos de convicción fueron debidamente ponderados y que la sentencia impugnada estaba sólidamente motivada.

DINÁMICA DE LOS ABUSOS

El tribunal estableció que los hechos ocurrieron en diversos horarios y lugares, siempre aprovechando la ausencia de otras personas. Para garantizar el silencio de la víctima, el agresor la amenazaba constantemente, advirtiéndole que si revelaba lo sucedido, sus familiares morirían, le pegaría, o todos se irían dejándola sola con él.

Este patrón de amenazas creó un clima de terror y sumisión que permitió que los abusos continuaran durante años, generando un grave impacto en la salud mental y emocional de la menor, quien eventualmente requirió tratamiento psicológico y psiquiátrico. El tribunal también destacó el deterioro en el rendimiento escolar de la niña como consecuencia de la situación traumática vivida.

VALORACIÓN DEL TESTIMONIO DE LA VÍCTIMA

Un aspecto clave en la decisión judicial fue la valoración del testimonio de la menor. El tribunal subrayó que no se puede exigir a una niña de nueve años una narrativa precisa y detallada de los hechos traumáticos vividos. A pesar de ello, su declaración fue considerada veraz y coherente, complementándose adecuadamente con otras pruebas presentadas durante el juicio.

La declaración de la menor, junto con los testimonios de testigos y el análisis integral de las circunstancias del caso, permitieron corroborar la autoría del delito y la veracidad del relato de la víctima. El tribunal enfatizó que el testimonio no presentaba incongruencias significativas y resultó fundamental para la fundamentación de la sentencia condenatoria.

DECISIÓN DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA

El máximo tribunal de Corrientes, al examinar el recurso presentado, determinó que la pena impuesta de 14 años de prisión es proporcional y justificada, considerando el daño causado y las graves consecuencias sufridas por la menor. La corte destacó que la determinación de la pena es un ejercicio de poder discrecional del tribunal de primera instancia, que en este caso respetó los estándares legales y no presentó vicios que pudieran invalidarla.

Entre los factores que justificaron el mantenimiento de la pena impuesta, el Superior Tribunal mencionó la falta de arrepentimiento del acusado y su intento persistente de deslindar responsabilidad. Estos elementos fueron considerados agravantes que respaldaron la severidad de la condena.

IMPACTO DE LA SENTENCIA

La confirmación de esta sentencia representa un precedente importante en la provincia de Corrientes en materia de protección a menores víctimas de abuso sexual. La decisión judicial reafirma el compromiso del sistema judicial con la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes, así como con la sanción efectiva de delitos de esta naturaleza.

El caso también pone de relieve la importancia de valorar adecuadamente los testimonios de menores víctimas de abuso sexual, reconociendo las particularidades y limitaciones propias de su edad y de la situación traumática vivida, sin que ello implique restar credibilidad o valor probatorio a sus declaraciones.

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