Apertura de juicio sucesorio de Mirta Susana Martin en Goya, Corrientes

El Juzgado Civil y Comercial N°1 de la ciudad de Goya, provincia de Corrientes, ha declarado abierto el juicio sucesorio de la Sra. Mirta Susana Martin, quien falleció el 13 de agosto de 2022. Según consta en el expediente \”MARTIN MIRTA SUSANA S/ AB-INTESTATO\” N° GXP 50647/25, mediante auto N° 1.617 de fecha 25 de marzo de 2025, el juez Dr. Roberto Ulises Candas ha ordenado la citación a herederos y acreedores.

DETALLES DEL PROCESO

El edicto firmado digitalmente por la Dra. Silvana Clotilde Colonese, secretaria de la secretaría N°1, establece un plazo de treinta (30) días corridos contados desde la última publicación para que quienes se consideren con derechos sobre los bienes dejados por la causante se presenten en el expediente. Los interesados deberán contar con asistencia letrada y acreditar el título que invocan respecto de la causante, cuyo DNI era 06.246.409.

PUBLICACIONES OFICIALES

La publicación del edicto fue ordenada mediante auto N° 2.112 del 15 de abril de 2025, estableciendo que se publique por tres (3) días en un diario local y por un (1) día en el Boletín Oficial. El documento fue firmado digitalmente por la secretaria el 25 de abril de 2025 a las 12:10:13.

INFORMACIÓN DE CONTACTO

Para los interesados en presentarse ante el juzgado, se ha proporcionado la dirección Tucumán N°988, el teléfono 03777-424639 en Goya, Corrientes. Adicionalmente, el número de teléfono del juzgado es (3777) 437647 y su dirección de correo electrónico es jcivilcoml-goya@juscorrientes.gov.ar.

REPRESENTACIÓN LEGAL

El estudio jurídico Riveira-Muñoz & Asociados aparece mencionado en el encabezado del edicto, presumiblemente como representantes legales en el proceso sucesorio.

IMPLICACIONES JURÍDICAS

Este proceso sucesorio ab-intestato busca determinar la distribución de los bienes dejados por la Sra. Martin entre sus herederos legítimos, al no existir testamento. Quienes no se presenten dentro del plazo establecido podrían ver afectados sus derechos hereditarios según lo previsto en la legislación civil argentina.

]]>

Dejá un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio