Condenan en Goya a cinco años de prisión a un hombre por privar de libertad a su hija

El Tribunal Oral Penal de Goya, a cargo del juez Ricardo Diego Carbajal, condenó a cinco años de prisión efectiva a Renzo Oscar Gastón Ruiz Díaz, tras hallarlo penalmente responsable del delito de «privación ilegítima de la libertad con violencia física» contra su hija, en el marco de un contexto de violencia de género. La tipificación corresponde al artículo 142 inciso 1 del Código Penal, con la agravante prevista en la Ley 24.632.

Además de la condena, el magistrado declaró la reincidencia del acusado y resolvió revocar la libertad condicional que se le había concedido en un proceso anterior. Por ello, una vez que la sentencia quede firme, se deberá calcular de forma aritmética la sumatoria de ambas penas. Hasta entonces, Ruiz Díaz continuará bajo prisión domiciliaria con monitoreo electrónico.

UN CASO TRATADO EN JUICIO UNIPERSONAL

El proceso se llevó adelante bajo la modalidad de juicio unipersonal. El fiscal Francisco Antonio Arrúe sostuvo la acusación durante el debate, mientras que la defensa técnica del imputado estuvo a cargo del abogado Pablo Andrés Fleitas. El juicio comenzó el lunes con la declaración de cinco testigos, entre ellos la víctima, su madre, un ex novio y dos profesionales médicos. Las audiencias continuaron los días martes y miércoles, y concluyeron con el veredicto leído este jueves.

EL HECHO Y SU CONTEXTO

Según la acusación del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió durante la madrugada del 26 de mayo de 2024, luego de una reunión familiar. Durante un trayecto en automóvil desde Goya hacia la ciudad de Santa Lucía, el imputado habría ejercido violencia física contra su hija, de 18 años, y restringido su libertad de movimiento. La joven relató que intentó bajarse del vehículo en varias ocasiones, pero fue impedida de hacerlo mediante fuerza física. También se habría producido una discusión que derivó en agresiones y traslados forzados a distintos puntos de la ciudad.

Finalmente, la joven logró escapar y refugiarse en su domicilio. Producto de lo ocurrido, habría sufrido lesiones físicas y consecuencias emocionales, según se desprende de los testimonios médicos incorporados al debate.

PRISIÓN DOMICILIARIA HASTA LA FIRMEZA DE LA SENTENCIA

Dado que el fallo aún no está firme, el juez Carbajal ordenó que el condenado permanezca bajo el régimen de prisión domiciliaria con tobillera electrónica. Una vez agotadas las instancias recursivas, se determinará el cumplimiento efectivo de la condena impuesta, junto con lo que reste de la pena anterior, que fue revocada por reincidencia.

La calificación del delito, así como la circunstancia agravante de la violencia de género, refuerzan el enfoque adoptado por el tribunal en la aplicación de normas específicas para casos donde existe una relación familiar entre el agresor y la víctima.

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