La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Goya confirmó una medida que protege a una mujer víctima de violencia familiar y de género por parte de su exmarido. Tras analizar las pruebas, el tribunal ratificó la prohibición de acercamiento por 180 días para el ex cónyuge, una medida que había sido ordenada en primera instancia.
El caso también involucraba al hermano del exmarido, a quien la mujer denunció por calumnias y difamación. Si bien la Cámara consideró que no estaba probado que este último hubiera efectuado actos de perturbación o intimidación, sí decidió modificar la medida original para ordenarle que se abstenga de realizar tales actos en el futuro, ya sea en forma personal, por mensajería, redes sociales o a través de terceros.
Las magistradas Gertrudis Liliana Márquez y Liana Cecilia Aguirre fundamentaron que, al no estar acreditados los hechos de intimidación por parte del cuñado, no se podía disponer el cese de algo no probado, pero sí prevenir que suceda. Por ello, se le hizo saber que debe abstenerse de efectuar actos de perturbación o intimidación hacia la denunciante.
Este fallo refuerza el marco de protección para las víctimas de violencia de género en la ciudad, aplicando las herramientas legales disponibles para garantizar su seguridad y bienestar, al tiempo que ajusta las medidas a lo estrictamente probado en cada caso.