La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes confirmó los procesamientos por la desaparición del niño Loan D.P., ocurrida el 13 de junio de 2024 en el paraje Algarrobal, 9 de Julio, provincia de Corrientes. Se mantiene la imputación por el delito de sustracción de un menor de diez años y la prisión preventiva de los principales acusados.
CONFIRMACIÓN DE PROCESAMIENTOSEl fallo confirmó el auto de mérito dictado el 4 de diciembre de 2024 por la jueza federal de Goya, *Cristina Pozzer Penzo*, contra *Carlos Guido Pérez*, *María Victoria Caillava*, *Laudelina Peña*, *Bernardino Antonio Benítez*, *Daniel Oscar Ramírez*, *Mónica Millapi* (con prisión domiciliaria) y *Walter Adrián Maciel*, este último en calidad de partícipe necesario. Se ratificaron embargos entre uno y veinte millones de pesos.
DELITO CONSIDERADOLa figura penal aplicada corresponde al artículo 146 en función del artículo 45 del Código Penal, que tipifica la sustracción de un menor de diez años. La Cámara subrayó que el delito se considera consumado y de ejecución permanente mientras el niño siga retenido u oculto, por lo que la investigación sigue en curso bajo esa línea.
MODIFICACIONES PARCIALESEl tribunal, compuesto por las juezas *Selva Angélica Spessot* y *Mirta Gladis Sotelo*, y el juez *Ramón Luis González*, revocó parcialmente los procesamientos de *Caillava* y *Maciel* en relación con los delitos de amenazas y encubrimiento agravado, respectivamente, aunque estos seguirán imputados por la sustracción.
RECHAZO A NULIDADESFrente a los planteos de nulidad presentados por las defensas, la Cámara los rechazó señalando que el hecho fue claramente determinado durante las declaraciones indagatorias, conforme al artículo 298 del Código Procesal Penal. Además, consideró que la resolución de primera instancia fue fundada, lógica y no contradictoria.
IMPORTANCIA DEL MÓVILEl tribunal sostuvo que el móvil detrás del hecho carece de relevancia jurídica para la tipificación penal, ya que el delito de sustracción no exige que se acredite una finalidad específica. Afirmó que todos los elementos necesarios del tipo penal están presentes en esta etapa del proceso.
HIPÓTESIS DEL MINISTERIO PÚBLICOEl Ministerio Público Fiscal reiteró que la hipótesis basada en la plataforma fáctica inicial no excluye que Loan pudiera haber sido víctima de un delito violento en el mismo lugar de los hechos, pero ratifica que fue sustraído y ocultado. Esto se mantiene como núcleo de la acusación.
FUNDAMENTOS DE LA PRISIÓN PREVENTIVARespecto a la prisión preventiva, la Cámara respaldó la decisión de la jueza de mantener la medida por hasta dos años más, considerando la gravedad del hecho y la necesidad de asegurar el proceso judicial. También fueron rechazadas otras nulidades solicitadas por las defensas, dando lugar a que los hechos sean ventilados en juicio oral con los imputados detenidos.
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