Cristina Kirchner llevó la causa Vialidad a la ONU con el antecedente de Lula. Un repaso por lo que un dictamen del Comité puede y no puede hacer.
Cristina Kirchner activó hoy, una de las últimas cartas que le quedaban en la causa Vialidad: una presentación ante el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, representada por su abogado Alberto Beraldi y dos incorporaciones de peso: el brasileño Rafael Valim, parte de la defensa de Lula da Silva en Lava Jato, y el español Javier Borrego, exjuez del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Y la pregunta que inmediatamente sigue, más allá del gesto político, es jurídica y concreta: ¿puede este organismo anular la condena que le dictó la Justicia argentina, o solo se limita a cuestionar el proceso que la produjo?
La respuesta corta está más cerca de la segunda. El Comité de Derechos Humanos (CCPR) no es un tribunal. Es uno de los diez órganos de tratados de la ONU, integrado por dieciocho expertos independientes, encargado de vigilar el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Sus pronunciamientos se llaman “dictámenes” u “observaciones” (en inglés, views), no sentencias, y carecen de fuerza ejecutiva. No pueden dejar sin efecto un fallo de la Corte Suprema argentina, no ordenan liberar a nadie ni restituir derechos políticos, y ningún tribunal argentino está obligado a acatarlos. Es una diferencia central con la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuyas sentencias sí son vinculantes para el Estado argentino..
Lo que sí existe es un compromiso político. Argentina, al ratificar el Protocolo Facultativo del Pacto, aceptó cooperar de buena fe con el Comité. Si el organismo concluye que hubo una violación de derechos, fija un plazo de 180 días para que el Estado informe qué medidas adoptó en línea con esa recomendación. Pero “informar medidas” no equivale a “revertir la condena”: Argentina puede responder con explicaciones, con gestos simbólicos o directamente con el silencio, sin que eso genere una sanción jurídica automática.
Antes de llegar a ese punto, además, hay un largo camino. El Comité primero examina la admisibilidad de la presentación: si se agotaron las instancias judiciales internas, si el reclamo entra dentro de su competencia, si no está siendo tratado en otro organismo internacional en simultáneo. Recién si supera ese filtro, le da traslado al Estado argentino para que presente su versión y la documentación del expediente. Solo después de ese intercambio, que puede demorar años, el Comité redacta un dictamen sobre el fondo. Cristina Kirchner recién empieza ese recorrido.
El antecedente que la propia defensa invoca, el caso de Lula da Silva, es justamente el que mejor ilustra los límites reales de esta vía. En 2022 el Comité concluyó que el proceso de Lava Jato había vulnerado las garantías de debido proceso y los derechos políticos del actual presidente brasileño. Pero esa condena no cayó por la fuerza del dictamen de la ONU: cayó porque el Supremo Tribunal Federal de Brasil, por motivos de derecho interno (entre otros la parcialidad del entonces juez Sergio Moro), anuló los fallos y habilitó a Lula a competir en 2022.
El dictamen de Ginebra funcionó como respaldo político y argumental, no como la herramienta que produjo la anulación. Eso es exactamente lo que la estrategia de Kirchner necesita replicar, pero no puede garantizar: un pronunciamiento internacional favorable solo se traduce en algo concreto si después el poder judicial argentino decide actuar en consecuencia. Y hoy, con una Corte Suprema que ya dejó firme la condena, ese paso posterior aparece lejano.
Lo que sí puede lograr la presentación, y probablemente sea el objetivo real, es de otro orden: instalar en el plano internacional una narrativa de persecución judicial que hoy circula casi exclusivamente puertas adentro. La carta abierta que acompañó el anuncio, publicada en El País y en Libération, apunta en esa dirección, con denuncias de “politización de la justicia” y de “machismo estructural” en el Poder Judicial. Es una batalla de legitimidad y de opinión pública, no un atajo judicial. Argentina, de hecho, tiene experiencia reciente en gestionar ese tipo de presión sin que derive en cambios de fondo.
Finalmente, vale sumar dos datos de contexto. El 2 de julio pasado la Corte Suprema también dejó firme un decomiso de 684.990 millones de pesos contra la ex mandataria, Lázaro Báez y otros condenados en la misma causa, lo que añade una dimensión patrimonial que la comunicación ante la ONU no aborda de manera directa. Y es leído como una lógica revalidación de la CSJ en este proceso.
Cristina Kirchner por su parte vincula la persecución judicial que denuncia con el atentado que sufrió el 1 de septiembre de 2022, un episodio que su defensa usa para reforzar la idea de un clima de hostilidad política más amplio. Incluso con la “violencia machista” sistémica que su carta ponme de manifiesto repetidamente.
En suma, para sus letrados consultados para este análisis que son críticos de la presentación ante Ginebra, es todo una estrategia de dilación y de construcción de relato político, dado que casos similares rara vez modifican sentencias firmes en plazos relevantes. Para los defensores, es exactamente lo que prevén los tratados de derechos humanos que Argentina firmó y a los que dio jerarquía constitucional en 1994: que cualquier ciudadano, incluida una ex presidenta, someta un proceso judicial doméstico al escrutinio internacional cuando considera agotadas las instancias locales. Ambas lecturas pueden convivir, porque una herramienta puede ser legítima en su origen normativo y, al mismo tiempo, funcional a una estrategia comunicacional. Lo que no cambia mientras tanto es el estado procesal de la causa Vialidad: condena firme, decomiso firme, inhabilitación perpetua vigente.
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