1. Contexto Institucional y Desarrollo de la Sesión
La sesión de la Comisión de Cultura, Deporte, Recreación y Turismo, celebrada el 21 de abril de 2026, representa un avance sustantivo en la consolidación de políticas públicas locales de alto impacto. Este encuentro no fue meramente administrativo, sino un ejercicio de articulación estratégica entre el Poder Legislativo, representado por el bloque de autores y miembros de la comisión, y el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Educación. Esta sinergia es la que dota de viabilidad técnica a las normas: la presencia de la autoridad de aplicación desde la fase de diseño asegura que la ordenanza no sea una mera declaración de principios, sino un instrumento ejecutable, con metas operativas claras y respaldo presupuestario.
Ficha Técnica de la Reunión:
- Fecha: 21 de abril de 2026.
- Lugar: Salón de Comisiones “Mabel Barrile”, Honorable Concejo Deliberante.
- Autoridades de la Comisión: Susana Quiroz (Presidenta), Mónica Cortinovis (Secretaria), Marcos González, Oscar Ferrero y Gabriela Refojos.
- Autor del Proyecto: Viceintendente Sebastián Mazzaro.
- Invitados Especiales: Sonia Espina (Secretaria de Educación) y Clarisa Delgado (Secretaria de Comisiones).
- Expediente en Tratamiento: Nº3380 (Programa Municipal de Reconocimiento al Esfuerzo y Mérito Educativo).
La participación del Viceintendente Mazzaro —en su carácter de autor— y de la Secretaria Sonia Espina resulta determinante. Esta colaboración técnica garantiza que el proyecto se nutra de la experiencia previa (programas como “Alumno Destacado” desde 2022) para evitar duplicidades y optimizar recursos. Asimismo, es imperativo subrayar que esta iniciativa se inscribe en una sólida tradición legislativa de Goya, fundamentada en precedentes como las Ordenanzas Nº 861, 921, 1027, 1109, 1309, 1652 y 1696. Estos antecedentes blindan la competencia municipal para intervenir en materia de promoción educativa frente a posibles cuestionamientos de interferencia con la jurisdicción provincial, reafirmando el rol del Municipio como agente de desarrollo humano y social.
Esta legitimidad normativa permite abordar con rigor el cambio de paradigma que la ciudad busca institucionalizar para sus jóvenes.
2. Filosofía del proyecto: del resultado académico al mérito en contexto
El proyecto propone un giro conceptual de gran calado: trascender la meritocracia cuantitativa para abrazar una valoración integral de la resiliencia. El objetivo central es, en palabras de Sebastián Mazzaro, “darle una mano al estudiante en su último año”, reconociendo que la trayectoria educativa está indisolublemente ligada a las condiciones de origen. Mientras que el sistema tradicional de abanderados —técnicamente explicado por la concejal Cortinovis como un régimen de promedios acumulados de 1º a 6º año con requisitos de residencia y uniformidad— premia la estabilidad, este proyecto busca al joven que “viene peleándola día a día”.
El factor diferencial radica en la igualdad de oportunidades. Mazzaro enfatizó que no posee la misma carga el rendimiento de un alumno que “llega y tiene su plato de comida servido” frente a aquel que debe trabajar con sus padres o habita en contextos de alta vulnerabilidad. Este enfoque otorga al Estado municipal un rol compensatorio, similar a lo que en el sector privado ha intentado reconocer el “Premio Rinoceronte” (creado por Horacio Urdiró de la firma ElGordo.com), pero con la escala y la institucionalidad que solo una política pública puede ofrecer.
Un aspecto técnico crítico identificado es que, en el último año de secundaria, no existe la repitencia, sino que los alumnos suelen quedar “libres” o desertar. Por ello, el estímulo es una herramienta de retención estratégica: al otorgarse en el inicio del ciclo (marzo), funciona como un incentivo para que el estudiante complete su trayectoria frente a las presiones del entorno socioeconómico. No se trata de desplazar a la excelencia académica, sino de formalizar el “esfuerzo en contexto” como una métrica de mérito legítima que el sistema de abanderados actual no alcanza a ponderar.
Para que esta visión no sea discrecional, el proyecto establece una estructura de evaluación que debe ser adoptada por las instituciones.
3. Estructura Operativa y Criterios de Evaluación
La técnica legislativa aplicada en la modificación del proyecto busca dotar de transparencia al proceso de selección, mitigando el riesgo de favoritismos en una comunidad donde los vínculos personales son estrechos. El Artículo 5° establece un equilibrio entre la objetividad numérica y la realidad social mediante una tabla de ponderación sugerida:
Criterios de Ponderación Sugerida (Art. 5°):
| Criterio | Ponderación | Indicadores Verificables |
| Nivel Académico | 30% | Promedio general de calificaciones. |
| Asistencia | 30% | Regularidad y concurrencia (valorando el esfuerzo ante inclemencias). |
| Conducta | 10% | Comportamiento, convivencia institucional y valores. |
| Esfuerzo y Mérito en Contexto | 30% | Superación de vulnerabilidades (socioeconómicas, familiares, ambientales). |
La decisión técnica de transformar lo que originalmente era una “fórmula matemática rígida” en “criterios generales orientativos” es un acierto de alta consultoría legislativa. Esta flexibilidad protege la autonomía pedagógica de las escuelas, reconociendo que el equipo directivo es el que posee el conocimiento situado sobre la realidad del alumno. Al mismo tiempo, mantiene un estándar de transparencia municipal al exigir que la selección sea fundada en indicadores verificables, evitando que el programa se perciba como una asignación subjetiva.
Sin embargo, la transparencia técnica carece de impacto si no se logra la adhesión y el compromiso de los actores directos del sistema educativo.
4. Articulación con el sistema educativo y autonomía institucional
El proyecto moderniza su redacción en el Artículo 3°, unificando en un solo precepto la adhesión voluntaria para escuelas públicas y de gestión privada. Esta unificación evita interpretaciones contradictorias y refuerza el principio de equidad territorial. No obstante, la secretaria Sonia Espina ha señalado una zona de fricción necesaria de resolver: el Consejo de Rectores.
La consulta a este organismo es vital por tres factores de viabilidad:
- Sincronización Logística: El plazo de marzo (Art. 6°) para comunicar seleccionados es ambicioso y debe ser consensuado con los tiempos administrativos de las escuelas.
- Realidades Rurales: Es fundamental contemplar las particularidades de las escuelas del campo, cuya conectividad y distancias requieren un tratamiento diferenciado.
- Legitimidad Institucional: Escuchar a rectores de instituciones de referencia, como la Escuela Normal, asegura que la norma sea “navegable” en la práctica docente diaria.
Asimismo, la conformación del “Consejo de Evaluación” interno (Art. 4°) debe ser plural. El autor del proyecto ha sugerido la inclusión de representantes de los centros de estudiantes para que sean los propios pares quienes ayuden a “hacerle el aguante” al beneficiario, dotando al proceso de una capa adicional de control social y transparencia estudiantil.
5. Sostenibilidad presupuestaria y próximos pasos
La robustez de este programa se asienta en su arquitectura financiera. A diferencia de las menciones informales, el Artículo 9° estipula la creación de una partida presupuestaria específica, obligando al Departamento Ejecutivo a garantizar la cobertura de al menos el 80% de los establecimientos secundarios de la ciudad. Esto transforma el reconocimiento de un acto de buena voluntad en un derecho condicionado por la norma.
Plazos y Sostenibilidad Normativa:
- Reglamentación: 90 días para que el Ejecutivo defina los procedimientos administrativos.
- Plazo Escolar: Los primeros 10 días hábiles de marzo para la comunicación de seleccionados.
- Naturaleza del Estímulo: Según el Artículo 7°, el premio es estrictamente “no monetario” (insumos tecnológicos, bibliografía o herramientas de estudio). Este diseño asegura que el beneficio se convierta en capital cultural directo para el alumno, evitando la licuación del recurso en gastos corrientes no vinculados a la formación.
Hoja de ruta inmediata: El próximo hito consiste en la redacción y envío de una nota formal a la Rectora de la Escuela Normal para convocar al Consejo de Rectores. El objetivo es presentar el proyecto modificado, recibir sugerencias sobre la operatividad del plazo de marzo y las realidades rurales, para finalmente emitir un dictamen favorable que permita su sanción definitiva en el recinto, asegurando su plena vigencia para el próximo ciclo lectivo.