La Justicia suspende el artículo que limitaba el paro docente y declaraba la educación como esencial

El Juzgado Nacional del Trabajo N° 74 suspendió este miércoles la aplicación del artículo 101 de la reforma laboral que introducía cambios en la actividad docente. El fallo firmado por el juez José Ramonet dejó sin efecto el artículo que declaraba a la docencia como actividad esencial, limitaba la capacidad de huelga y exigía un 75% de presencialidad en caso de paro.

La demanda fue interpuesta por la Unión Docentes Argentinos (UDA), que celebró la medida: “Esencial es garantizar salarios dignos y condiciones adecuadas para el proceso educativo, y no restringir derechos colectivos”. El gremio destacó la importancia institucional de la decisión, que preserva el equilibrio del sistema de relaciones laborales.

La suspensión tiene carácter cautelar y se suma al fallo que dos días antes suspendió 82 artículos de la reforma tras un reclamo de la CGT. Desde el ministerio de Capital Humano informaron que apelarán el fallo para intentar revertir la cautelar y restituir la vigencia de los artículos suspendidos mientras se tramita el proceso principal.


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