APERTURA DE JUICIO SUCESORIO
El Juzgado Civil y Comercial N° 3 de Goya, bajo la dirección de la Dra. Victoria Beatriz Colombo y la Secretaría Nº 6 a cargo de la Dra. Isabel Puñal, anunció la apertura del juicio sucesorio ab-intestato correspondiente al fallecimiento de Raimundo Humberto Ibarra, ocurrido el 28 de abril de 2024. La resolución judicial, identificada con el expediente GXP 50613/25, ordena la citación y emplazamiento de todos los herederos, legatarios, albaceas, acreedores y personas con derecho a los bienes del causante para que se presenten en el proceso con asistencia letrada.
PLAZO Y REQUISITOS
Los interesados tienen un plazo de treinta días corridos desde la última publicación para acreditar el título que invocan en el expediente judicial. La medida se realiza en cumplimiento de los artículos 653 del Código Procesal Civil y Comercial y 2340 del Código Civil y Comercial de la Nación, que regulan la publicación de edictos y el procedimiento sucesorio.
PUBLICACIONES Y NOTIFICACIONES
La convocatoria fue publicada por un día en el Boletín Oficial y por tres días en el periódico local, conforme a la normativa vigente. Además, el juzgado proporcionó datos de contacto, incluyendo correo electrónico y teléfono, para facilitar las comunicaciones. Esta apertura formaliza el proceso sucesorio para la correcta administración y distribución del patrimonio de Ibarra, garantizando la participación de todos los posibles interesados.
IMPORTANCIA DEL JUICIO AB-INTESTATO
El juicio ab-intestato se aplica cuando no existe testamento válido que regule la sucesión, por lo que la ley establece el orden de herederos y derechos correspondientes. Esta instancia es fundamental para asegurar la correcta adjudicación de los bienes y evitar conflictos futuros entre familiares y terceros.
CONSEJOS PARA LOS INTERESADOS
Se recomienda a los citados que consulten a profesionales del derecho para una adecuada defensa de sus intereses dentro del plazo estipulado. La falta de comparecencia podría significar la pérdida de derechos sobre la herencia o la imposibilidad de ejercer acciones relacionadas con el patrimonio del fallecido.
Este procedimiento se enmarca en las políticas judiciales de transparencia y publicidad, garantizando que todos los involucrados puedan participar y cumplir con los requerimientos legales para la sucesión testamentaria o intestada. ]]>