Sucesión ab-intestato de Raimundo Ibarra: el Juzgado Civil y Comercial N° 3 de Goya convoca a herederos y acreedores

El Juzgado Civil y Comercial N° 3 de Goya, a cargo de la Dra. Victoria Beatriz Colombo, Secretaría N° 6 a cargo de la Dra. Isabel Puñal, ha emitido un edicto judicial en el que se cita y emplaza a los herederos, legatarios, albaceas, acreedores y cualquier persona que considere tener derecho a los bienes dejados por el fallecido Raimundo Humberto Ibarra. El trámite sucesorio fue iniciado bajo el expediente N° GXP 50613/25, caratulado “Ibarra Raimundo Humberto s/ab-intestato”.

PROCEDIMIENTO JUDICIAL

De acuerdo con la resolución emitida el 25 de abril de 2025, el juzgado ha ordenado la apertura del juicio sucesorio con carácter ab-intestato. El proceso tiene como objetivo establecer la transmisión de los bienes de Raimundo Humberto Ibarra, quien falleció el 28 de abril de 2024, sin haber dejado testamento.

La normativa vigente establece que los interesados deberán presentarse con asistencia letrada para acreditar el derecho que invocan. El plazo para hacerlo es de treinta días corridos contados a partir de la última publicación del edicto. El tribunal ha dispuesto que las notificaciones se realicen tanto en el Boletín Oficial, por un día, como en un periódico local, durante tres días consecutivos, conforme lo previsto en los artículos 2340 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN) y 660 del Código Procesal Civil y Comercial (CPCC) de Corrientes.

DETALLES DE CONTACTO

El Juzgado Civil y Comercial N° 3 se encuentra en la calle Colón N° 634 de la ciudad de Goya, provincia de Corrientes. Los interesados pueden comunicarse al teléfono 437622 o al correo electrónico jcivilcom3-goya@juscorrientes.gov.ar para obtener mayor información o realizar consultas relacionadas con el expediente.

RECONOCIMIENTO DE DERECHOS

El proceso de sucesión ab-intestato contempla que cualquier persona que se considere heredero directo, acreedor o con derechos sobre los bienes de Ibarra deberá acreditar su vínculo legal con el fallecido. La documentación presentada será evaluada conforme a los criterios establecidos por la legislación vigente, con el fin de garantizar la distribución equitativa de los bienes del causante.

APERTURA DEL JUICIO SUCESORIO

Según el dictamen judicial, se han cumplido los recaudos del artículo 653 del Código Procesal Civil y Comercial de Corrientes (CPCC). Por tal motivo, la jueza Colombo ha autorizado la apertura del juicio sucesorio y ha ordenado la publicación de los edictos correspondientes para garantizar la transparencia y participación de todos los interesados.

Las personas que consideren tener derecho a los bienes deberán presentar la documentación pertinente ante el juzgado dentro del plazo establecido. La omisión de este requisito podría generar la pérdida de derechos sobre la herencia en cuestión.

El proceso de sucesión ab-intestato busca establecer de manera clara y justa la distribución de los bienes del causante, respetando los derechos de quienes acrediten su legitimidad en el trámite judicial.

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